Si la tele o los periódicos dicen que algo es ilegal yo me lo creo y no hay más que hablar, pero ¿hasta que punto tienen razón?
Para los que escriban algo sin tener ni idea les dejo estas dos definiciones de delitos:
El Código Penal Español de 1995, en su artículo 205, define el delito de calumnia como:
"La imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.”
Así mismo, el artículo 208 de la misma norma define injuria como:
“La acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.”
Via: Microsiervos y Delitos informaticos
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